El acuerdo del Consell valenciano sobre la prevención del juego patológico incluye medidas restrictivas

| 1 de febrero de 2024

El pasado 29 de enero el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana publicaba la RESOLUCIÓN de 19 de enero de 2024, de la consellera de Hacienda, Economía y Administración Pública, por la que se da publicidad al Acuerdo de 4 de enero de 2024, del Consell, por el que se aprueba la Estrategia valenciana integral de prevención y tratamiento del juego patológico en la Comunitat Valenciana 2023-2027.

Esta estrategia recoge medidas que podrían ser demoledoras para el sector del juego. He aquí algunas:

Un objetivo consiste en identificar, precisando su intensidad, las variables ambientales que pueden favorecer el trastorno de juego, que permitirá adoptar criterios relativos a la ordenación del juego en la Comunitat Valenciana, para racionalizarla en la mayor medida posible.

Conocer la distribución geográfica de los diferentes juegos en el territorio de la Comunitat Valenciana.

Establecer criterios para delimitación de las áreas de especial vulnerabilidad.

Aprobación de las medidas normativas que resulten necesarias, de acuerdo con los principios de la Ley 1/2020, de 11 de junio, de regulación del juego y de prevención de la ludopatía en la Comunitat Valenciana, para incidir: sobre Salones de Juego y Locales específicos de apuestas, aplicando cuanto antes las previsiones de tal ley (control acceso, distancias respecto de centros educativos y respecto de otros establecimientos similares) y, en su caso, la eliminación de las ruletas electrónicas; sobre locales de hostelería y similares, eliminando las máquinas de apuestas; y sobre las máquinas de tipo B y C, con medidas restrictivas acerca de la interconexión de máquinas en salones de juego, los tiempos para la realización de apuestas y el importe de las apuestas y de los premios.

Analizar la necesidad de la reducción de oferta de juego en zonas de especial densidad.

Proponer a la Administración General del Estado la modificación de la regulación correspondiente a los juegos online, incluida su fiscalidad.

Respecto a los juegos que se desarrollen a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos, interactivos o de comunicación a distancia, competencia de la Administración General del Estado, proponer que se:

a) modifique la fiscalidad de los juegos online, estableciendo un sistema similar al que recoge los artículos 100 a 104 de la Ley 1/2020, incrementándola para desincentivar el juego, pues con ello se persigue reducir las cantidades destinadas a premios y evitar el llamado rejuego;
b) establezca la obligatoriedad de que, para acceder a estos juegos, se realice a través de firma digital;
c) eliminen los denominados bonos promocionales;
d) eliminen los slots online;
e) restrinja en la mayor medida la publicidad de estos juegos.

Debe superarse el concepto de juego responsable, buscando otra formulación como la del juego seguro o la que doctrina científica acuñe, que resulte más acorde con los factores que propician la ludopatía.

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